ORIGEN, ASPECTOS LEGALES E IMPORTANCIA DEL AVISO DE PRIVACIDAD
Derivado de la fuerte crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el mundo hemos enfrentado un año lleno de cambios en el estilo de vida de todos los humanos, los cuales tienen como fin el evitar la aglomeración de personas y el contacto físico entre las mismas. Dentro de esas modificaciones de nuestro día a día se encuentra la forma de realizar las compras, pasando de ser realizadas en su mayoría por el método tradicional consistente en acudir al establecimiento físico para adquirir el producto en venta a través de la interacción cliente-vendedor, a ganar velocidad el comercio electrónico , el cual no es una actividad nueva como tal ya que este se hizo posible a partir del año 1991 cuando internet se abrió para usos comerciales pero que permite llevar a cabo las medidas sanitarias sugeridas por la Secretaría de Salud en razón de la pandemia, a través de una mecánica que consiste en ofrecer al usuario en su sitio web el producto para que éste pueda adquirirlo pagando con los datos de su dispositivo bancario y finalmente sea enviado a su domicilio por medio del servicio de paquetería.
Por lo anterior, las personas físicas o morales que ofrezcan un bien o servicio a través del internet tienen la obligación de proteger y salvaguardar los datos personales proporcionados para ejecutar el cobro en todas sus plataformas de venta evitando el daño, pérdida, destrucción, robo, extravío, alteración, así como el tratamiento no autorizado de los mismos. Con el fin de brindar seguridad a los datos de los clientes, se expide el 05 de junio del año 2010 un instrumento jurídico regulador de este acto de comercio llamado Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la cual es la encargada de la recolección y tratamiento de los datos personales otorgados y puestos a disposición de un tercero.
El primer paso para hacer cumplir las obligaciones exigidas en este conjunto normativo es a través de un AVISO DE PRIVACIDAD, entendiéndose como aquel documento generado por la persona o empresa responsable de la recopilación y tratamiento adecuado de datos personales el cual debe ser puesto a disposición del comprador (Artículo 3, fracción I de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares). Su importancia recae porque a través del aviso de privacidad el comprador es informado de los datos que le dará al vendedor y los otorgará voluntariamente en caso de aceptarlos.
Dicho documento puede presentarse en un formato físico (papel), electrónico (sitio web), sonoro (grabación telefónica) o cualquier otra tecnología siendo siempre sencillo, fácil de comprender e incluir información clara, específica y como mínimo contener la información exigida en el artículo 16 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, el cual señala que deberá incluir:
• El nombre de la persona física o empresa que recaba la información y su domicilio;
• El motivo para el que serán utilizados los datos proporcionados;
• El vendedor debe proporcionar al comprador un correo electrónico u otro medio en donde le haga saber si desea limitar el uso o divulgación de sus datos personales, por ejemplo para no recibir mails con fines informativos de promociones, publicidad, recordatorios, etc,
• Los medios para que la persona o representante legal de la empresa compradora ejerza el control sobre sus datos personales, es decir sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición al tratamiento de tus datos personales). Para tal situación, la persona que ofrece el bien o servicio tiene la obligación de asignar a una persona o un departamento que reciba las solicitudes elaboradas por los compradores siempre y cuando estas solicitudes cumplan con los requisitos del artículo 29 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares; de la misma manera, el comerciante de conformidad con lo establecido en el artículo 32 de la citada ley, tiene la obligación de en un plazo máximo de 20 días hábiles, contados desde la fecha en que se recibió dicha solicitud, dar respuesta de la misma. En caso de requerir mayor información y/o documentación necesaria la parte vendedora se pondrá en contacto con la persona compradora en un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de recepción de la solicitud, por lo que se contará con 10 días hábiles posteriores, para atender este requerimiento, de lo contrario la solicitud del comprador se tendrá por no presentada. Si fuera necesario, podrán ser ampliados una sola vez los términos y plazos mencionados y se indicarán las razones de dicha ampliación, todo esto deberá ser notificado a través de los medios de contacto que las partes hayan establecido (respectivos correos electrónicos).
• Los comerciantes deben abstenerse de compartir datos personales, sin embargo por la naturaleza de su comercio podrán transferir datos a empresas colaboradoras, afiliadas, sucursales, autoridades federales, autoridades locales u otro tercero toda vez que esté indicado en el aviso de privacidad.
• La vía y procedimiento por el cual la empresa vendedora informará a los clientes los cambios en el aviso de privacidad si llegasen a darse, todo de conformidad con lo previsto en la Ley.
Por último, es importante mencionar que cuando los datos personales sean obtenidos directamente del cliente por cualquier medio electrónico ya sea óptico, sonoro, visual, o a través de cualquier otro, es en ese momento cuando el vendedor deberá proporcionar al posible comprador de manera inmediata el aviso de privacidad en su totalidad, si no fuera así al menos su nombre, domicilio y las finalidades por las que se recaba la información, así como proveer los mecanismos para que el interesado conozca el texto completo del aviso de privacidad.