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22-06-2020

¿Qué se necesita para crear una empresa?

Por: José Abraham Solís Álvarez

Jurídicamente hablando…

 

Es una creencia generalizada que crear una empresa requiere de muchísimo papeleo, capital altísimo y otro tipo de recursos materiales a gran escala, es decir, que sólo las personas de estrato social alto pueden darse ese “lujo” de trabajar a través de este modelo de negocio. Sin embargo, ello es falso.

 

Una empresa puede ser desde el pequeño puesto de revistas de tu calle hasta una transnacional como las cadenas de supermercados o las petroleras y aún esas grandes empresas empezaron siendo algo muy distinto de lo que hoy son. Existen empresas que comercializan bienes y otras que prestan servicios, cada una tiene sus implicaciones logísticas, técnicas y jurídicas propias, además del sello personal que cada quien le imprime.

 

Una de las partes más complicadas para decidirse a crear una empresa consiste en el desconocimiento de las leyes que le aplican al comercio de que se trate, surgen preguntas como ¿tengo qué pagar impuestos, tengo que tener socios y quiénes pueden serlo, puedo ir a la cárcel si no pago, sale muy caro poner una empresa, para qué poner una empresa si el dinero entra en mi cuenta? etc.

 

Si bien, en cada caso particular es necesario realizar una asesoría personalizada para analizar las necesidades del negocio, hay algunos elementos comunes que puedes conocer a continuación:

 

• Tipo de persona: Existen dos tipos de personas en el Derecho, las físicas que son humanas y las morales que son ficciones que se crean como entes con personalidad y patrimonio propios. No es indispensable crear una persona moral pero sí es recomendable para que, en caso de responsabilidad por incumplimiento de contratos, el patrimonio esté dividido y sólo se afecte el de la empresa.

 

• Marca y “slogan”: Tanto la marca como el aviso comercial (slogan) pueden ser registrados para que únicamente su creador o a quien éste autorice, puedan hacer uso de ellas y protegerlas de cualquier uso indebido por terceras personas. Si bien, esto genera costos, el beneficio de poder utilizarlos de manera segura y en su caso, poder demandar si alguien más trata de apropiarse de ellos, es mucho mayor. En contraste, también es importante evitar la utilización de elementos de propiedad intelectual que se encuentren registrados a nombre de diversa persona y para los cuales no se haya recibido autorización.

 

• Pago de impuestos y contabilidad: Existen regímenes especiales para cada tipo de actividad de actividad, en muchos de ellos debe pagarse el impuesto al valor agregado, sin embargo, en algunos el impuesto sobre la renta no se paga o bien, pueden hacerse deducciones que la ley autoriza para que la cantidad disminuya en el mayor margen legal posible. Además, existe una serie de obligaciones de reporte que algunos tipos de empresa están obligados a cumplir. Cualquier omisión en este tipo de regulaciones puede acarrear multas e incluso sanciones mayores como suspensiones de actividades o clausuras.

 

• Relaciones laborales y por “honorarios”: Si vas a tener trabajadores o le vas a pagar a alguien por los servicios que realiza a favor de tu empresa, aunque no sea trabajador, necesitas regular los derechos y obligaciones a través de contratos y el cumplimiento de los mismos. En numerosas ocasiones se trata de disimular una relación laboral con un contrato de honorarios, pero las características del servicio corresponden en realidad a un servicio subordinado, es decir, se trata de un trabajador. Esto trae muchos problemas cuando ese tipo de “prestadores de servicios” llegan a demandar por despidos injustificados o riesgos laborales, más aún al no estar dados de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

• Renta de local físico, virtual o mixto: Ya sea de manera física o virtual, todos necesitamos una “oficina”; actualmente puede tratarse de un lugar físico dedicado exclusivamente a las actividades de la empresa o bien, desde nuestro hogar o en cualquier lugar del mundo donde nos encontremos. La tecnología ha permitido que muchos empresarios operen de manera remota y la pandemia de este año ha potencializado ese alcance y acelerado el cambio de pensamiento de que sólo al estar en un lugar en especial, la gente puede rendir. En cualquiera de esos casos es importante saber hasta dónde podemos utilizar cada espacio y cómo asegurar que la operación de la empresa se vea reflejada en instrumentos jurídicos aún cuando ninguno de los que labora entre en contacto con otro de manera presencial.

 

• Relaciones con clientes y proveedores: Todo negocio los tiene; es muy claro en una tienda de abarrotes donde las empresas repartidoras de refresco o alimentos enlatados suministran los productos a vender y por su parte los clientes son todos aquellos que al pasar se detienen para adquirir alguno de esos bienes. En esas operaciones lo que en el fondo se está celebrando son contratos aún y cuando por la dinámica misma del negocio no exista algo escrito. Sin embargo, en no pocas ocasiones surgen problemas por las entregas o los servicios que se contratan al proveedor o para los que la empresa es contratada; una manera de prevenir esos desacuerdos es precisamente contar con contratos por escrito que reflejen las condiciones pactadas e incluso para protegerse en contra de un reclamo por la vía legal.

 

Como se observa, hay muchos elementos jurídicos involucrados, algunos más complejos que otros, pero ninguno de ellos insalvable. En estos tiempos de incertidumbre económica, el poseer una fuente de ingreso independiente a un salario es una muy buena oportunidad e incluso necesidad para sobrepasar la complicada situación que vivimos. Una asesoría adecuada puede guiarte para elegir el modelo jurídico de negocio de tu próxima empresa.

 

 

 



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